Mujeres y población vulnerable
¿Eres víctima del desplazamiento forzado, mujer cabeza de hogar, haces parte de un grupo étnico o presentas otra condición especial?
En ISVIMED definimos el orden de atención de la población, cuando se requiere por efectos de disponibilidad de cupos y recursos, a través de la calificación de condiciones especiales como:
- Víctima del desplazamiento forzado
- Víctima del conflicto armado
- Cabeza de hogar
- Mujer víctima de violencia de género
- Menor de 14 años
- Persona con discapacidad
- Persona mayor (65 años en adelante)
- Grupo étnico (indígena, afrodescendientes, rom, raizal, palanquero)
Por eso, si te has inscrito a una de las convocatorias para acceder al Subsidio Distrital de Vivienda, ingresa aquí para consultar el puntaje que se otorga a cada condición especial de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 del Decreto Distrital 1053 de 2020.