Mejoramiento de Vivienda

Subsidio Distrital que busca mejorar las condiciones habitacionales de los hogares en zonas urbanas y rurales del Distrito de Medellín. Está orientado a familias en situación de vulnerabilidad social y económica, con el objetivo de contribuir a la reducción del déficit cualitativo de vivienda en el territorio, mediante la solución de una o varias necesidades de su vivienda.

Tipos de Mejoramientos

Las actividades que se ejecutan en cada hogar se priorizan según las necesidades específicas de la vivienda, considerando el presupuesto disponible y siguiendo criterios técnicosociales de los profesionales del Isvimed.

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Mejoramiento saludable

Son las obras de mejoramiento al interior de la vivienda, que tienen como finalidad mantener condiciones adecuadas de habitabilidad, seguridad e higiene, enfocadas en actividades como instalación o mantenimiento de baños, cocinas, lavaderos, redes eléctricas, hidráulicas y sanitarias, reparación o cambio de pisos, techos, enchapes y pintura, sustitución de pisos en tierra o en mal estado y/o construcción de sistemas para tratar aguas residuales en zonas rurales.

mejoramiento estructural

Mejoramiento estructural

Se refiere a las intervenciones que permiten a las familias beneficiarias del subsidio corregir una o varias deficiencias en su vivienda, estas mejoras requieren permisos o licencias previas otorgadas por las autoridades competentes, ya que pueden implicar modificaciones importantes en la edificación. Entre las acciones contempladas están el reforzamiento o reparación de la estructura principal, cimientos, muros, cubiertas parciales o totales, vigas de coronamiento o elementos de mampostería estructural.

Valor del subsidio

El Subsidio Distrital de Vivienda para las modalidades de mejoramiento se determina según el tipo de intervención a realizar y la disponibilidad del recurso, de la siguiente manera:

  • Hasta 15 SMMLV para el mejoramiento saludable
  • Hasta 18 SMMLV para el mejoramiento estructural

¿Cuáles son los requisitos?

  • Ser mayor de edad.
  • Los ingresos del hogar deben ser iguales o inferiores a 2 SMMLV.
  • Vivir en Medellín consecutivamente los últimos 6 años y en la vivienda mínimo los últimos 5 años.
  • La vivienda debe estar en suelo apto según el Plan de Ordenamiento Territorial.
  • La vivienda debe contar con conexión a servicios públicos de acueducto, alcantarillado y energía.
  • La vivienda debe estar construida en materiales convencionales.
  • No tener otra vivienda a nivel nacional.
  • El título de propiedad de la vivienda a mejorar debe estar inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante, quienes deben habitar en la vivienda.
  •  La vivienda no puede tener medidas cautelares vigentes o limitaciones al derecho de dominio distintas a las inscritas para la adquisición de la vivienda inicial.
  • No haber recibido un subsidio de vivienda de ninguna entidad estatal. Tales como: vivienda nueva, mejoramiento, subsidio en dinero o especie (aplica para el grupo familiar con quien se postule).

El subsidio podrá beneficiar a propietarios, ocupantes de bienes fiscales que puedan ser objeto de titulación, o a quienes demuestren posesión de un inmueble con al menos cinco (5) años de anterioridad a la postulación del subsidio.

Documentos que debes presentar para la inscripción a mejoramientos

  1. Fotocopia de los documentos de identidad del grupo familiar (Cédula de los mayores de edad, Registro Civil o Tarjeta de identidad de los menores de edad).
  2. Registro civil de matrimonio o prueba de unión marital de hecho (según la Ley 54 de 1990 o normas vigentes) y registros civiles de nacimiento de los demás integrantes del hogar para acreditar parentesco.
  3. Documento que acredite la tenencia de la vivienda, escrituras, resolución de transferencia, compra venta.
  4. Último Impuesto predial vigente de la vivienda.
  5. Copia de la factura de servicios públicos domiciliarios o certificación de conexión de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y energía prestados por sistemas convencionales o no convencionales.
  6. Certificado de residencia de seis (6) años o más en el Distrito Medellín. (Certificado de Junta de Acción Comunal o Junta de Administración local).

Estas son las diferentes formas de certificar la residencia de seis (6) años o más en Medellín:

  • Certificado emitido por la Junta de Acción Comunal.
  • Certificado emitido por la Junta de Administración Local.
  • Declaración extrajudicial.
  • Historia clínica.
  • Contrato de alquiler.
  • Factura de servicios públicos, de telefonía móvil o internet.
  • Extracto bancario.

 

*Cualquiera de estos documentos deberán soportar cada año hasta cumplirse el tiempo indicado.