Notificaciones a la Comunidad

Los avisos estarán publicados en este sitio web por el término de cinco (5) días. Toda notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente al retiro del aviso, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 69 de la Ley 1437 de 2011 «Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo».

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima quinta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima cuarta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Cuarta publicación a vecinos – operador FORJANDO FUTUROS

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima tercera publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Tercera publicación a vecinos – operador FORJANDO FUTUROS

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima segunda publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Segunda publicación a vecinos – operador FORJANDO FUTUROS

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Primera publicación a vecinos – operador FORJANDO FUTUROS

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Trigésima primera publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Trigésima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimonovena publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima novena publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Vigesimoctava publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Trigésima octava publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Vigesimoséptima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Trigésima séptima publicación a vecinos – operador SERPROAN

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Trigésima sexta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Trigésima quinta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima cuarta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimosexta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima tercera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoquinta publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima segunda publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima primera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Trigésima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimocuarta publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimonovena publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoctava publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimotercera publicación a vecinos 

Bajo esta resolución, el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín, Isvimed, no laborará ni abrirá sus instalaciones los días 15, 16 y 17 de abril de 2019, por motivo de la Semana Santa. Dichos días ya fueron compensados el 2, 16 y 30 de marzo.

Resolución 0209 del 19 de febrero de 2019

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoséptima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimosegunda publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimosexta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoquinta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoprimera publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

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Vigesimocuarta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimotercera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimosegunda publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigesimoprimera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigésima publicación a vecinos – operador SERPROAN

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La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimonovena publicación a vecinos – operador SERPROAN

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Decimoctava publicación a vecinos – operador SERPROAN

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Vigésima publicación a vecinos 

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La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoséptima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimosexta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoquinta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimocuarta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimotercera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimosegunda publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimonovena publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Undécima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Décima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoctava publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Novena publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Octava publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Séptima publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoséptima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Sexta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Quinta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimosexta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Cuarta publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Tercera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Segunda publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Primera publicación a vecinos – operador SERPROAN

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoquinta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimocuarta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Segunda de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimotercera publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Duodécima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Undécima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Décima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Novena publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Octava publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Séptima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Sexta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Quinta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Cuarta publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Tercera publicación a vecinos

El Isvimed cita a las personas que se encuentran en el listado que se publica a continuación, a la jornada de actualización de datos que nos permitirá determinar si es viable la asignación de subsidio de vivienda para su núcleo familiar, y que se realizará el sábado 10 de febrero de 2018 entre las 8 de la mañana y las 4 de la tarde, en la sede principal del Isvimed, ubicada en el sector del Velódromo.

Listado personas citadas

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Segunda publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Primera publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Vigésima publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimonovena publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoctava publicación a vecinos

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoséptima publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimosexta publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimoquinta publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimocuarta publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Decimotercera publicación a vecinos 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Duodécima publicación a vecinos 

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Undécima publicación a vecinos 

 

Nota: Este módulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Décima publicación a vecinos 

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Novena publicación a vecinos 

 

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Octava publicación a vecinos 

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Séptima publicación a vecinos 

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Sexta publicación a vecinos

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Quinta publicación a vecinos

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Cuarta publicación a vecinos

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuación, solicitan RECONOCIMIENTO DE CONSTRUCCIÓN para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener objeciones y para hacer valer sus derechos, podrán presentarse antes de la expedición del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Tercera publicación a vecinos

Nota: Este modulo no es definitivo, depende de aclaraciones, modificaciones o recomendaciones por parte de las curadurías.

La Curaduría Urbana Tercera de Medellín para cumplir lo dispuesto en el Art. 37 de la Ley 1437 de 2011 y el Art. 2.2.6.1.2.2.1 del Dcto. Nal. 1077-2015, informa que los Radicados relacionados a continuacion, solicitan RECONOCIMMIENTO DE CONSTRUCCION para uso residencial. Colindantes y terceros en caso de tener obseciones y para hacer valer sus derechos, podran presentarse antes de la expedicion del acto administrativo que resuelve la solicitud, en la Cl 27 No 46-70 local 302.

Segunda publicación a vecinos

Resolución N° 000435

“Por la cual se liquida unilateralmente el convenio de Asociación N° 513 de 2013 suscrito con la Corporación Superandonos”

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO SOCIAL DE VIVIENDA Y HABITAT DE MEDELLÍN

En uso de sus facultades legales y estatutarias, el Acuerdo 52 de 2008 del Municipio de Medellín, el Acuerdo de la Junta Directiva N° 01 del 2009, y el Decreto Municipal N° 883 del 3 de junio de 2015.