Programa de titulación - Cesión gratuita de bienes fiscales urbanos.
Asesoramos, acompañamos y facilitamos a los hogares más vulnerables en la obtención de los lotes donde están ubicadas sus viviendas de interés social (Bienes fiscales del Distrito de Medellín o del ISVIMED), vinculándolos al proceso en forma organizada, por sectores y en cumplimiento de los lineamientos del Plan de Ordenamiento Territorial.
Con este programa aportamos al mejoramiento de la calidad de vida de los medellinenses que durante mucho tiempo han habitado los predios, sin tener el título real de propiedad que los acredite como dueños.
¿Qué características deben tener los lotes para ser titulados?
- El lote sobre el cual está levantada la mejora debe estar a nombre del Municipio de Medellín o del ISVIMED.
- Debe estar ubicado en suelo urbano del Municipio de Medellín (no aplica suelo rural o sub-urbano).
- El lote debe ser ocupado con vivienda (no de uso comercial u otros).
- No puede estar ubicado en zona de riesgo, áreas insalubres, amenazas, zonas de protección o de proyección.
- La destinación del uso del suelo no puede ser público, salud o educación, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial POT.
¿Qué requisitos debe cumplir el hogar para acceder al programa de titulación?
- El hogar deberá acreditar la ocupación ininterrumpida en el lote de mínimo diez (10) años de anterioridad al inicio del proceso administrativo. Esto lo podrá hacer a través de los diferentes medios de prueba dispuestos para ello tales como: Compraventa o cargue catastral de hace 10 años o más, Certificado junta de acción comunal, la declaración de parte o la confesión o el juramento o el testimonio de terceros o el dictamen pericial o la inspección judicial o los documentos o los indicios o los informes y/o los demás permitidos en el artículo 165 del Código General del Proceso.
- No ser propietario de otro inmueble a nivel nacional.
- No haber sido beneficiario de subsidio de vivienda a nivel nacional o municipal.
- El área mínima de la vivienda construida sobre el lote que se va a ceder debe ser de 30.00M2 según el artículo 339, numeral 3 del POT.
- No podrá adelantarse la cesión del bien fiscal en favor de las personas que sean meros tenedores de bienes inmuebles por cuenta de las entidades públicas o de particulares o aquellos que aleguen la condición de ocupantes, sin hacer uso del inmueble en su carácter de vivienda.
¿Qué características deben tener los lotes para ser titulados?
- El lote sobre el cual está levantada la mejora debe estar a nombre del Distrito de Medellín o del ISVIMED.
- Debe estar ubicado en suelo urbano del Distrito de Medellín (no aplica suelo rural o sub-urbano).
- El lote debe ser ocupado con vivienda (no de uso comercial u otros).
- No puede estar ubicado en zona de riesgo, áreas insalubres, amenazas, zonas de protección o de proyección.
- La destinación del uso del suelo no puede ser público, salud o educación, conforme al Plan de Ordenamiento Territorial POT.
¿Qué requisitos debe cumplir el hogar para acceder al programa de titulación?
- El hogar deberá acreditar la ocupación ininterrumpida en el lote de mínimo diez (10) años de anterioridad al inicio del proceso administrativo. Esto lo podrá hacer a través de los diferentes medios de prueba dispuestos para ello tales como: Compraventa o cargue catastral de hace 10 años o más, Certificado junta de acción comunal, la declaración de parte o la confesión o el juramento o el testimonio de terceros o el dictamen pericial o la inspección judicial o los documentos o los indicios o los informes y/o los demás permitidos en el artículo 165 del Código General del Proceso.
- No ser propietario de otro inmueble a nivel nacional.
- No haber sido beneficiario de subsidio de vivienda a nivel nacional o distrital.
- El área mínima de la vivienda construida sobre el lote que se va a ceder debe ser de 30.00M2 según el artículo 339, numeral 3 del POT.
- No podrá adelantarse la cesión del bien fiscal en favor de las personas que sean meros tenedores de bienes inmuebles por cuenta de las entidades públicas o de particulares o aquellos que aleguen la condición de ocupantes, sin hacer uso del inmueble en su carácter de vivienda.
¿Cómo acceder al programa?
¡El ISVIMED llega a los hogares!
El programa de titulación no abre convocatoria ni realiza inscripciones, pues es desde el ISVIMED que, mediante estudios técnicos y jurídicos, se identifican en los diferentes barrios de Medellín, los lotes fiscales ocupados irregularmente con mejoras de uso habitacional.
Sin embargo, las personas interesadas que crean cumplir con los requisitos mencionados anteriormente pueden solicitar al ISVIMED una verificación del estado de su lote para lo cual es necesario aportar datos de ubicación precisa de la vivienda, como lo es la copia del impuesto predial, con el fin de realizar el estudio y viabilizar su inclusión.
¿Cuál es el marco normativo?
Nuestro sustento normativo es la Ley 1955 de 2019 reglamentado por el Decreto 149 de 2020, Ley 2044 de 2020, Decreto 523 de 2021 o cualquiera que lo modifique, aclare o adicione.
Es de suma importancia iniciar las acciones que impulsan el programa de titulación, con el análisis técnico de identificación de zonas ubicadas en comunas y barrios donde podrían haber posibles lotes fiscales que aún no han sido cedidos. Para esto se utilizan instrumentos oficiales como lo es el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad de Medellín y sus herramientas de consulta, que permiten conocer los componentes urbanos, la zonificación de áreas de amenaza y riesgos que impiden su intervención. También de manera específica y gracias a la información catastral suministrada oficialmente, se puede conocer datos como CBML, matricula, dirección, estrato, número de pisos, área lote, área construida, datos del propietario inscrito, derecho del porcentaje, destinación y avalúo catastral, entre otros datos complementarios para la realización del estudio de títulos que nos permite analizar jurídica y técnicamente los lotes inicialmente aptos para realizar proceso de titulación.
ETAPA II – SOCIALIZACIÓN, RECOLECCIÓN DE DOCUMENTOS Y VISITAS DE CAMPO:
Los auxiliares de campo que conforman el equipo, son una parte fundamental para nuestro quehacer diario, pues son quienes realizan el primer acercamiento a los lotes fiscales y conocen de primera mano la dinámica social de los hogares que los ocupan y que vamos a beneficiar, socializando y dando a conocer no solo los propósitos del programa de titulación sino la misión del Instituto. Así mismo se encargan de informar sobre los requisitos que exige la norma vigente y recogen toda la documentación necesaria para acreditar su situación. De igual forma, mediante las visitas de campo, se mantiene el enlace continuo con la comunidad, realizando el acompañamiento permanente durante todo el proceso en gestión.
ETAPA III – VALIDACIÓN DE REQUISITOS Y CRUCES:
Una vez recopilada la información aportada durante las etapas anteriores, es necesario verificar que ésta cumpla con todos los requisitos establecidos de manera integral. También se cruza dicha información de los integrantes del hogar con otras entidades, tales como FONVIVIENDA, Superintendencia de Notariado y Registro, entre otras, lo que conlleva a definir los titulares que pueden continuar o no en el proceso, toda vez que la información recolectada objeto de revisión, corresponderá a los ocupantes y sus afirmaciones se entenderán hechas bajo la gravedad de juramento y presunción de buena fe.
ETAPA IV – PUBLICACIÓN EDICTO EMPLAZATORIO Y ATENCIÓN DE RECURSOS:
Con el objeto de darle publicidad a la actuación y de ser el caso, tramitar la oposición a terceros, se publicará en un periódico de amplia circulación en la ciudad de Medellín y se fijará en un lugar visible al público en las oficinas de la entidad, toda la información correspondiente a la identificación técnica y jurídica del inmueble objeto de cesión, los hogares y la identificación de sus integrantes. También se verá reflejada allí la información de los hogares excluidos y la causal o causales de exclusión. Los terceros interesados tendrán ésta oportunidad para hacerse parte dentro del proceso y la entidad deberá dar respuesta en los términos legales establecidos para ello, quedando posteriormente en firme dicha acción. Es aquí donde inicia formalmente la actuación administrativa.
ETAPA V – GESTIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO DE CESIÓN:
En esta etapa se materializan los esfuerzos realizados durante las actuaciones anteriores, proyectando el acto administrativo de cesión que será revisado de manera interna, y para los casos que son propiedad del Distrito de Medellín deberá ser revisado conjuntamente por la Subsecretaría de Gestión de bienes y aprobadas las cesiones por parte del comité de enajenaciones de la Secretaría de Suministros y Servicios. Seguidamente será numerado y firmado para proceder con la notificación del mismo. Es así como se puede surtir los trámites para el registro del acto administrativo en el folio de matrícula inmobiliaria, constituyéndose así plena prueba del derecho de propiedad del hogar beneficiado, tanto del inmueble titulado como de la mejora. Éste título de propiedad es oficialmente entregado, finalizando así el proceso de cesión.
Etapas del proceso
ETAPA TÉCNICA
Revisar y aplicar las normas del POT en la identificación de los predios fiscales ocupados con VIS en las diferentes comunas del municipio de Medellín.
Revisión y diagnóstico de todos los lotes que requiren intervención del Proyecto de Titulación.
Revisión de matrículas reales/ficticias y sus diferentes afectaciones.
ETAPA DE SOCIALIZACIÓN
Realizar acompañamiento, sensibilización y socialización del proyecto de titulación de bienes fiscales en las comunidades correspondientes.
Atender las solicitudes de la comunidad, las comisiones accidentales y audiencias públicas.
Acompañamiento en campo (antes, durante y después)
ETAPA VISITAS TRABAJO DE CAMPO
Apertura de expediente vivienda a vivienda, verificando que contengan toda la información y formatos SIFI, correspondientes al proyecto de titulación de bienes fiscales.
Notificar
Informar
Alimentar el sistema de información (SIFI)
ETAPA VISITAS TRABAJO DE CAMPO
Verificar el cumplimiento de requisitos normativos para proceso de cesión gratuita.
Elaborar estudio de títulos.
Elaborar acto adminstrativo de cesión gratuita.
Registro y entrega de títulos.
Adelantar trámites antes entidades pública y privadas.
ETAPA I
VERIFICACIÓN JURÍDICA Y TÉCNICA
- Apto por POT.
- Lote fiscal.
- No de uso público, salud o educación.
- Estrato 1, 2 ó 3.
- Urbano.
- Destinación habitacional.
- VIS 150 SMLV.
ETAPA II
VISITAS DE CAMPO
- Asignación ruta.
- Verificación ocupación.
- Socialización.
- Verificación requisitos.
- Recolección de documentos.
- Verificación VUR.
- Creación y entrega expedientes.
ETAPA III
VALIDACIÓN DE REQUISITOS Y CRUCES
- Verificación íntegra de requisitos.
- Cruce con FONVIVIENDA.
- Cruce VUR.
- Cruce víctimas.
- Consolidación y verificación resultados.
- Etapa pre-contractual edicto emplazatorio.
ETAPA IV
PUBLICACIÓN DEL EDICTO EMPLAZATORIO
- Gestión contractual.
- Elaboración resolución.
- Envío, revisión, aprobación y diagramación.
- Gestión interna comunicaciones.
- Publicación.
- Atención de recursos.
- Constancia ejecutoria.
- Gestión post-contractual.
ETAPA V
GESTIÓN DEL ACTO ADMINISTRATIVO
- Proyección, revisión, numeración y firmas.
- Notificación.
- Constancia ejecutoria.
- Registro.
- Entrega oficial del título al beneficiario.
- Reporte en indicadores.
- Entrega expediente al cesionario.